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Información sobre Derecho de Familia

Información sobre Derecho de Familia

  • Disolución (divorcio)
  • Separación legal
  • Anulación
  • Parejas de hecho
  • Cumplimiento de la manutención de los hijos y del cónyuge
  • Adopciones - privadas y por parte de un padrastro
  • Violencia en el hogar
  • Establecimiento de la relación de filiación
  • Custodia, manutención y visitas de los hijos
  • Terminación de derechos paternos
  • Emancipación de menores

Hay numerosos servicios de ayuda para asistir a las partes que se representan a sí mismas en los procesos de derecho de familia. Vea abajo algunos de los enlaces más comunes.

Las partes que se representan a sí mismas pueden encontrar asistencia en el Centro de ayuda legal, ubicado en el Centro Cívico, Palacio de Justicia, sala C-44, San Rafael. El número de teléfono es (415) 444-7130.

Las partes también pueden probar el nuevo Centro de ayuda en línea de las Cortes de California. El sitio web se creó para ayudar a los californianos a encontrar asistencia e información, trabajar mejor con un abogado y representarse a sí mismos en algunos asuntos legales.

Para las partes que se representan a sí mismas en un caso de disolución, separación legal o anulación, la corte ofrece un calendario judicial especializado, en el que abogados, mediadores y otros profesionales legales voluntarios están disponibles en la sala de audiencias para responder preguntas y ayudar a llevar a cabo diversos pasos procesales del caso o preparar documentos de la corte.

La Corte Superior de Marin implementó un innovador y eficaz programa llamado Programa de Conferencia de Acuerdo Interdisciplinaria, diseñado para satisfacer mejor las necesidades de las familias en asuntos de custodia muy conflictivos. Una vez que una parte presenta una solicitud de orden de custodia de los hijos y a solicitud de cualquiera de las partes, la corte puede fijar una conferencia de acuerdo interdisciplinaria (ISC, por sus siglas en inglés). Se trata de un proceso supervisado judicialmente en el que un profesional de la salud mental y un abogado de derecho de familia voluntarios colaboran con un juez para ayudar a los padres a resolver las disputas sobre la custodia. El objetivo es llegar a un acuerdo atenuando la hostilidad, iniciando una mejor comunicación y cooperación, y ofreciendo información basada en la investigación sobre las necesidades de desarrollo de los menores. Los litigantes que se representan a sí mismos deberían comunicarse con el asistente de la corte de familia para obtener información y los formularios para presentar las solicitudes de orden y cómo solicitar una ISC.

Debido al tiempo que se lleva iniciar una nueva demanda, los documentos que se reciban en la oficina del secretario después de las 3:30 p. m. se sellarán con la fecha actual y se procesarán el siguiente día hábil de la corte. La fecha de presentación será la fecha que aparece en el sello. Vea más información sobre los procedimientos para presentar documentos en la corte haciendo clic aquí.

TENGA EN CUENTA que para la disolución del matrimonio o la separación legal en California, solo existen dos motivos legales. El primero es "diferencias irreconciliables", lo que significa que al menos una de las partes afirma que el matrimonio no puede salvarse. El otro motivo es la "insania incurable" que, al contrario de las diferencias irreconciliables, tiene que probarse.

Disolución del matrimonio (divorcio): una disolución del matrimonio, más comúnmente conocida como divorcio, finaliza el matrimonio y resuelve asuntos matrimoniales como la custodia de los hijos, la visita, la manutención de los hijos, la manutención del cónyuge, la división de bienes y deudas (bienes inmuebles y personales), la restitución del nombre anterior, las órdenes de restricción y otros asuntos identificados por las partes.

Disolución sumaria: si usted y su cónyuge están de acuerdo en que desean divorciarse, es posible que puedan obtener una disolución sumaria. Los criterios para una disolución sumaria incluyen:

  • Estuvieron casados menos de cinco (5) años.
  • No tuvieron hijos durante el matrimonio.
  • Tienen muy pocos bienes y deudas comunitarios.

Vea más información sobre esta opción (en español), que es menos complicada que una disolución regular del matrimonio.

Separación legal: la separación legal es similar a la disolución del matrimonio, salvo que las partes siguen casadas entre sí. La corte puede dictar órdenes relativas a los mismos asuntos identificados en una disolución de matrimonio.

Si inicia una acción de separación legal, puede enmendar su petición antes de que se dicte un fallo para solicitar la disolución del matrimonio.

Nulidad: la nulidad es más conocida como anulación del matrimonio. Solo puede solicitarse si una de las partes alega incesto, bigamia, menor sin consentimiento de los padres, juicio insano, fraude, fuerza o incapacidad para consumar el matrimonio.

Parejas de hecho: si desea finalizar una pareja de hecho registrada en California, puede hacerlo directamente a través del Registro de Parejas de Hecho del Secretario de Estado. Si no califica para el proceso fuera de la corte, necesita presentar una petición en la Corte Superior. Si no está casado con su pareja de hecho, ninguna de las partes tiene que vivir en California. Si está casado, puede finalizar el matrimonio y la pareja de hecho al mismo tiempo, pero uno de los dos tiene que cumplir los requisitos de residencia de California.

Cumplimiento de la manutención de los hijos y del cónyuge: para establecer la filiación, obtener órdenes de manutención de los hijos o hacer cumplir las órdenes existentes de manutención de los hijos, del cónyuge o familiar, el Departamento de Servicios de Manutención de los Hijos (DCSS, por sus siglas en inglés) está a su disposición para ayudarle. Haga clic aquí para obtener información sobre esta oficina. También puede recibir asistencia legal e información del asistente de derecho de familia, ubicado en el Centro de ayuda legal. Todos los asuntos del DCSS se atienden en la sala de audiencias N. Si usted es parte de un caso existente del DCSS y desea modificar una orden existente de manutención de los hijos, vea las reglas locales bajo el tema Derecho y moción de derecho de familia para obtener más información. Para programar una audiencia para que se retire una orden de arresto que fue emitida por el DCSS, llame al (415) 444-7043.

Adopciones - privadas y por parte de un padrastro: antes de conceder una petición de adopción, la corte autoriza una investigación del padre o padres adoptivos, independientemente de si son parientes de los menores o padrastros. Las partes están obligadas a pagar estas investigaciones. Vea más información sobre los requisitos para las adopciones. Normalmente, la corte también considerará las peticiones de terminación de los derechos paternos del padre o padres que renuncian a sus hijos en este proceso.

Violencia en el hogar: las partes que aleguen violencia en el hogar pueden solicitar una Orden de restricción por violencia en el hogar. Vea información adicional sobre las órdenes de restricción por violencia en el hogar.

Establecimiento de la relación de filiación: también se llaman casos de filiación. La corte puede hacer hallazgos sobre la relación de filiación en estos asuntos que tendrán efecto sobre la manutención, la visita y la custodia de los hijos.

Custodia, manutención y visita de los hijos: incluso después de que se hayan resuelto los asuntos del matrimonio y de la pareja de hecho, la corte conserva la jurisdicción sobre los asuntos que afectan a los hijos menores en estos procesos hasta que estos cumplan los 18 años. Las partes pueden presentar mociones para modificar la custodia, la manutención y la visita en cualquier momento en que las circunstancias justifiquen dicha presentación.

Terminación de derechos paternos: en circunstancias limitadas, como las adopciones o los casos de dependencia de menores, la corte puede considerar que un padre es incapaz o no está dispuesto a cuidar y mantener a sus hijos. La corte puede entonces poner fin a los derechos y las obligaciones paternos de esa persona.

Emancipación de menores: un menor puede hacer una petición a la corte para que declare su emancipación si tiene al menos 14 años, vive voluntariamente separado de sus padres y administra sus propios asuntos económicos personales.

Inicio de una acción de disolución en el condado de Marin

Se puede iniciar una acción de disolución en el condado de Marin si uno o ambos cónyuges han residido en este condado durante al menos los últimos tres (3) meses y en el estado de California durante al menos seis (6) meses.

Inicio de una acción de separación legal o de anulación en el condado de Marin

En los casos de separación legal o anulación, solo es necesario que uno o ambos cónyuges residan en este condado en el momento de presentar el caso.

Reglas adicionales para cónyuges que residen fuera de California

Además de los requisitos de residencia para iniciar cualquier acción de terminación del matrimonio, hay algunas reglas adicionales por considerar si su cónyuge reside fuera de California. Específicamente, un cónyuge que vive en otro estado o país puede objetar la jurisdicción de la corte de California. En esa situación, esta corte puede verse impedida de dictar órdenes importantes en su caso. Usted debería buscar asesoría legal sobre cómo proceder si su cónyuge vive fuera de California y es probable que objete a que el caso se maneje aquí.

Los documentos de derecho de familia pueden presentarse en persona, por correo o por entrega electrónica. A las partes se les asignará una fecha de audiencia conforme a los requisitos legales y a la disponibilidad de espacio en los calendarios judiciales de derecho de familia.

Tenga en cuenta lo siguiente al presentar documentos:

  • La corte no acepta alegatos a menos que sean legibles y estén escritos a máquina o en letra de molde, como lo requieren las Reglas de la corte de California.
  • Si hace la presentación por correo, las copias conformes (archivo endosado por el secretario de la corte) de los documentos no se le devolverán por correo a menos que proporcione un sobre con su dirección y suficientes timbres postales.
  • Todos los documentos entregados para su presentación tienen que proporcionarse por triplicado.
  • Si hace la presentación por correo, los documentos enviados para su presentación sin el total de la cuota de presentación serán devueltos, sin ser presentados. Si los presenta en persona, serán rechazados por la corte. Para ver las cuotas de presentación actuales, haga clic aquí (en inglés) 
  • Usted puede calificar para una exención de cuotas si sus ingresos cumplen las pautas establecidas por el Consejo Judicial de California. Para ver las pautas para la exención de cuotas, haga clic aquí (en español).
  • Las presentaciones pagadas con cheques devueltos por insuficiencia de fondos serán excluidas por la corte si no se pagan posteriormente en efectivo, con tarjeta de crédito, cheque certificado o giro postal en un plazo de veinte (20) días calendario a partir de la fecha en la que se le notifique. La(s) cuota(s) del banco se aplicará(n) al costo del pago posterior.

Puede usar una agencia de presentación por fax o de entrega electrónica para enviar documentos a la corte si no puede entregarlos en persona.

Para obtener información sobre cómo solicitar un divorcio o una separación legal, haga clic aquí.

Para finalizar su caso, tiene que tener un fallo registrado por la corte. Una vez que haya dado los pasos necesarios (incluyendo la entrega legal de la citación, y la revelación de información financiera) y haya llenado los formularios requeridos, entregará una propuesta de fallo a la corte para su firma.

En un caso de divorcio, aunque puede recibir su fallo antes, su estado no será de soltero hasta seis (6) meses y un día después de que se le haya hecho la entrega legal al demandado.

Para obtener más información sobre la obtención de un fallo de derecho de familia vea la descripción general del proceso estatal, haciendo clic aquí.

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